jueves, 14 de julio de 2011

Corrijame, Giachino!

Voy a permitirme usar toda la basofia legal que tuve que estudiar para Regimen Legal para opinar sobre el decreto 936/11, que cuyo espíritu es prohibir la oferta sexual en medios de comunicación.

Primero, cosa de que no me odien y sigan leyendo, siento postura: Estoy absolutamente de  acuerdo con que el rubro 59 es una locura.

El asunto acá es: ¿Es válido el argumento esgrimido por el diario? Lamentablemente, sí. Legalmente, es absolutamente válido y podría citar una catarata de artículos legales que fundamentarían esto que digo porque, así como en el truco, un 3 mata a un 2, en derecho un decreto es un 7 bravo, una ley el ancho de basto y los pactos incorporados por el articulo inciso 22 y la Constitución el ancho de espada y no hay mucho espacio para moverse. Es clarito: el articulo 14 de la CN proclama la libertad de prensa, el 32 prohíbe que el congreso regule de alguna forma la libertad de imprenta y el 42 establece el derecho de información de los consumidores. Para completarla, el Pacto de San José de Costa Rica prohíbe, en su articulo 13 la censura previa.

Y para aun más: Esta el fallo de la Corte Suprema de la Nación del caso Verbitsky, que se presentó ante la justicia para impedir la salida de una solicitada que apoyaba a un ex presidente de facto por considerar que constituía una apología del delito y en donde la Corte al tener que optar entre "impedir la consumación de un delito" o "consentir el sacrificio de un bien jurídico valioso" optó por esto último.

Hay un solo resquicio, una sola veta que veo que sería interpretar que un diario pueda ser considerado al mismo nivel que un espectáculo público. En ese caso, se podría argumentar que el articulo 13 del PSJCR en su inciso 4 dice que tales espectáculos SI pueden ser objetos  de censura previa con el exclusivo objeto de regular el acceso a ellos para la protección moral de la infancia y la adolescencia.

De todas formas lo que hay que tener en cuenta también es el limite entre lo legal y el sentido común. En los términos argumentativos de la presentación del amparo del diario Rio Negro, se podría también comenzar a publicar avisos de sicarios ya que hasta que estos no concreten el homicidio, ¿no seria acaso legal?


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